ANALIZANDO UNA PRUEBA DE ENVIO PARA PELEAR UNA FOTOMULTA
SUSCRIBETE en el botón rojo. Se analiza primero la fecha de generación o fecha en la que llego la fotodetección a la empresa de mensajería la cual no se puede pasar mas de 3 días hábiles de la fecha que hay en el SIMIT, si es antes del 14 de julio de 2017, o mas de 13 días hábiles para después de esa fecha; luego la dirección de destinatario que debe ser la misma que esta en el RUNT el cual se puede obtener por internet. Luego se miran los intentos de entrega y, si estaba cerrado, deben haber por lo menos dos intentos de envío entre los cuales no debe haber una diferencia de mas de un día hábil. Por último, se miran los motivos de devolución. Si dice entregado deberá estar el nombre y firma del destinatario y no de otra persona pues la notificación debe ser personal según sentencia C - 980 de 2010. Si dice "Dirección Errada" o "No Existe" pero la dirección si existe, se adjunta al derecho de petición una cuenta de servicios públicos donde se vea la dirección. Y por último, si dice No Reside, Rehusado u otros, simplemente se alega que no se notificó personalmente y que la notificación por aviso no la hicieron según los artículo 68 y 69 de la ley 1437 de 2011, es decir, enviando primero la citación para notificación personal y luego la notificación por aviso con copia integra del acto administrativo. Asesorías solo whats app 319 728 91 53. No llamar, solo whats app.
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